¿DEBO ENVIAR ELECTRÓNICAMENTE LOS DOCUMENTOS SOPORTE A LA DIAN?
Partamos del interrogante de ¿Qué es un documento soporte? Este documento es mediante el cual adquiriente (quién hace la compra) soporta la compra ya sea de un bien o adquisición de un servicio, con un proveedor (vendedor), el cual no obligado a facturar.
Es importante resalta que caso contrario a la factura de venta, en este caso no es el vendedor quien expide el documento soporte, sino, por el contrario, quién lo compra.
Ahora, hay que tener en cuenta que dicho documento soporte deberá transmitirse de manera electrónica a la DIAN, mediante el provedoor electrónico de su preferencia. Este debe emitirse cuando:
En el momento en el cual se realice la compra de bienes y/o servicios a sujetos que no esten obligados a expedir factura o documento equivalente.
Estos se deberán transmitir a más tardar el último día hábil de la semana, ya sea de manera individual o acumulada.