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¿Puedo pedir que mis vacaciones sean compensadas en dinero?

¿DEBO ENVIAR ELECTRÓNICAMENTE LOS DOCUMENTOS SOPORTE A LA DIAN?

Partamos del punto que en Colombia todo trabajador que se encuentre vinculado por medio de un contrato de trabajo por cada año trabajado tiene derecho a quince (15) días de descanso remunerado.
¿Puedo pedir que las vacaciones sean compensadas en dinero? Sí, claro que se puede pedir la compensación en dinero de estás según lo establece el artículo 189 del código sustantivo de trabajo.

Si quiero pedir que mis vacaciones sean compensadas en dinero debo tener en cuenta:

No se puede compensar el total de las vacaciones, ya que la norma establece que sólo se puede compensar la mitad, es decir, ocho (8) días y se debe descansar si o si siete (7) días.

Tener muy en cuenta que lo que caracteriza esto es que el trabajador renuncia al tiempo de descanso por la compensación de las vacaciones en dinero.

Así que si deseas tomar los quince (15) días anuales de descanso o por el contrario solicitar unos días compesados en dinero debes antes pactarlo con tu empleador, ya que estos acuerdos deben realizarse por escrito y ser pactados de mutuo acuerdo.